CANCÚN, MX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), emitió este domingo un comunicado en el que da a conocer que la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la validez y legalidad de la resolución emitida el 30 de mayo del 2016, mediante la cual la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la PROFEPA determinó que FONATUR removió vegetación natural al amparo de una autorización vigente al momento en el que ocurrieron los hechos. Dicha autorización fue emitida en materia de impacto ambiental por la SEMARNAT para el Anteproyecto Malecón Cancún (TAJAMAR).

Un capítulo más en el caso ambiental más importante de los últimos años

Como se recordará, en julio del 2015, se alertó a la sociedad de las obras que se realizaban en este lugar, donde removían manglar, afectando a diversas especies; y días después, en agosto, se presentó la denuncia ante la PROFEPA, por el desmonte del manglar, respaldada por 4 mil 333 firmas; además, la dependencia recibió 215 denuncias individuales sobre el mismo tema.

En enero del 2016, el Juzgado Segundo de Distrito con base en Cancún otorga la suspensión provisional que evita el desmonte, relleno y construcción que impida la rehabilitación del manglar. Sin embargo, días después prosiguieron las obras lo que motivó un proceso administrativo por parte de la PROFEPA.

En junio del 2016, la PROFEPA resolvió que la remoción de vegetación forestal en el Proyecto Malecón Turístico Tajamar Cancún, ejecutada por el FONATUR en enero pasado, se realizó al amparo de una autorización en materia de impacto ambiental vigente.

Argumentando que después de una detallada investigación en campo y de gabinete, y una vez valorados todos los medios probatorios ofrecidos por ciudadanos denunciantes así como el citado organismo, se determinó que el referido desmonte contó con una autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Al final, se determinó que la vigencia de la autorización de FONATUR concluyó previo a la emisión del resolutivo de PROFEPA, por lo que ese permiso ha quedado sin efecto alguno, aunado a que los nuevos propietarios de los terrenos debían tramitar nuevas autorizaciones ante la SEMARNAT, para poder realizar actividades inmobiliarias o el retiro de vegetación en el lugar.

Ahora, en su comunicado, la PROFEPA manifiesta:

“La Sala Especializada consideró que los argumentos que formuló la persona que impugnó el resolutivo favorable a FONATUR, resultaron ineficaces para demostrar una ilegalidad. 

Cabe señalar que dentro del mismo proyecto de TAJAMAR, esta Procuraduría Federal sancionó a la empresa Bi & Di Real Estate de México, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarla responsable de remover vegetación forestal en predios del Malecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes para las actividades de remoción.

El reconocimiento de la actuación legal de la PROFEPA fue resuelto sin menoscabo del pronunciamiento que un Tribunal Colegiado de Circuito en Quintana Roo formuló, concediendo un amparo a un grupo de ciudadanos en contra de la autorización expedida por la SEMARNAT, así como el mandamiento de reparar los daños ambientales ocasionados en el predio del Anteproyecto Malecón Cancún.”

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Con esto, se valida el logró de todos los sectores que se unieron en la defensa de Tajamar.