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SAC TUN presenta “sus pruebas” ante el CIADI, buscando que México le pague 500 millones de dólares

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Mientras la población se resguardaba en casa, para frenar el número de contagios por Covid-19, Calizas Industriales del Carmen (CALICA), ahora llamada SAC TUN, y su filial norteamericana Legacy Vulcan, presentaban ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) el memorial sobre el fondo de lo que consideran una afectación a sus inversiones.

Esto ocurrió el pasado 18 de mayo, como parte de la demanda de arbitraje contra México, por la supuesta prohibición por parte del Gobierno solidarense, a su intención de extraer material en los predios denominados “La Adelita” y “El Corchalito”.

SAC TUN y Legacy Vulcan, quieren que el gobierno federal los indemnice con 500 millones de dólares.

Fue el 3 de enero del 2019, cuando esta empresa que opera desde hace varios décadas en los municipios de Cizumel y Solidaridad, presentó la demanda ante el CIADI, organismo que se dedicada al arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales.

El 18 de marzo del 2019, dicho organismo nombró a Guido Santiago Tawil (de origen argentino) como “árbitro” del proceso.

Días después, el 1 de abril, Sergio Puig acepta su nombramiento para intervenir en el caso también.

Por acuerdo de las partes en conflicto, el 19 de septiembre el CIADI nombra a Albert Jan van den Berg (de Holanda) como “árbitro presidente”. Al día siguiente, el 20 de septiembre, se constituye el Tribunal, de conformidad con el Artículo 37 (2) (a) del Convenio del CIADI.

El 6 de noviembre del 2019, este Tribunal sesiona por primera vez, y días más tarde, emite la orden procesal número 1.

El proceso permaneció en stand by durante 5 meses y medio, hasta que el 18 de mayo, SACT y Legacy Vulcan se presentan con su memorial del caso.

De acuerdo a las Reglas del Arbitraje del CIADI, toca ahora a la parte demandada, presentar un memorial de contestación; si las partes convinieren en ello o si el Tribunal lo estima necesario tanto el demandante como el demandado podrán presentar una réplica.
“Los memoriales deberán contener: una relación de los hechos pertinentes, una declaración del derecho aplicable, y las peticiones. Los memoriales de contestación, la réplica o la dúplica contendrán la aceptación o negación de los hechos declarados en el último escrito presentado; cualesquiera hechos adicionales, en caso necesario; las observaciones concernientes a la declaración del derecho aplicable contenida en el último escrito presentado; una declaración de derecho en respuesta al mismo; y las peticiones”, estipula dicho Reglamento de Arbitraje.

Cabe mencionar que por parte de la parte demandada, en este caso el gobierno de México, es representado por la Subsecretaría de Comercio Exterior, la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional, y la Secretaría de Economía.

Legacy Vulcan, hay que recordar también, acusa de que en el 2009 se sustituyó “de forma arbitraria” el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) del Corredor Cancún-Tulum prohibiendo extracciones en “La Adelita” y “El Corchalito”, donde CALICA realizaba sus actividades.

Sin embargo, esto no ha sido así toda vez que el Comité del POEL, no ha sesionado desde hace varios años, quedando en stand by y en espera de que se vuelve a citar a sus integrantes para, primero, presentar el modelo que sería sometido a revisión y, posteriormente, se apruebe por dicho Comité y luego por el Cabildo de Solidaridad.

Tras el aporte del memorial de SAC TUN; el CIADI dejo el proceso en “pendiente”.

De acuerdo a especialistas internacionales una vez que un país pierde un caso de este tipo, debe pagar el monto que se le solicita, pues ninguna nación quiere ser señalada como infractor de compromisos internacionales o que no cumple con ellos, ya que tendrá peso sobre su imagen a nivel mundial.

El CIADI tiene 790 casos abiertos en la actualidad. En el caso de México, además del de Legacy Vulcan, hay otros 12 expedientes.

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