El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desestimó quejas en torno al reciente proceso comicial. Dentro de las denuncias desechadas están una que involucra a Lili Campos Miranda y otra que tiene que ver con la elección en Tulum que ganó Diego Castañón Trejo.
Los magistrados resolvieron el Proceso Especial Sancionador, PES/128/2024, promovido por el partido Morena en contra de Roxana Lili Campos Miranda en su calidad de candidata a la Presidencia Municipal de Solidaridad postulada por la coalición Fuerza y Corazón por Quintana Roo así como al propio Ayuntamiento.
De acuerdo con la denuncia, la autoridad habría incurrido en presuntos actos que contravienen al artículo 134 de la Constitución Federal, por la supuesta vulneración a los principios de neutralidad imparcialidad y equidad en la contienda electoral y por la “realización de actos de campaña electoral en días y horas hábiles sin haberse separado del cargo del presidenta municipal”.
El proyecto de los magistrados del Teqroo proponía declarar como infundadas las quejas, ya que si bien la ley indica que los servidores públicos deben abstenerse de participar en actos proselitistas, las publicaciones y eventos señalados en la denuncia se habrían efectaduo fuera del horario laboral, por lo que no había delito electoral.
Por lo tanto el pleno desestimó la queja contra Lili Campos Miranda, presidenta municipal de Solidaridad.
Y respecto al Proceso Especial Sancionador PES/134/2024, promovido por Movimiento Ciudadano en contra del medio de comunicación Enfoque Noticias Tulum por la presunta comisión de infracciones consistentes en mostrar propaganda de la campaña de Diego Castañón que presuntamente vulnera el interés superior de la niñez, se determinó que no hay elementos que prueben las acusaciones.
La queja argumentaba que en una entrevista denunciada se había incurrido en faltas o violaciones en materia electoral. Sin embargo, esto no se pudo confirmar.
Te puede interesar: Ratifica Teqroo el triunfo de Yensunni Martínez en Othón P. Blanco
Asimismo, los magistrados del Teqroo determinaron que la difusión de esa información constituye un ejercicio de la auténtica labor periodística en aras de proporcionar información de interés general para la sociedad y que se ampara en el marco de la libertad de expresión.
A su vez, no se pudo confirmar que existió algún pago o contratación para la difusión de esa nota sobre Tulum, tal como aseguraba Movimiento Ciudadano, por lo que no puede calificarse como una actividad comercial, y que se distinga de la actividad periodística.
Por tal motivo, ambas denuncias, la que era contra Lili Campos y la otra contra un medio de comuniación que difundió información sobre la campaña de Diego Castañón, fueron desestimadas por los magistrados del Teqroo.