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Asegura la PROFEPA 199 animales exóticos en Puerto Morelos

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El Santuario Toolok-Kaa’n no contaba con la documentación de los animales

PUERTO MORELOS, MX.- Por no acreditar la legal procedencia de 199 ejemplares de vida silvestre, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, PROFEPA, aseguró de manera precautoria los animales a la Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, UMA, Santuario Toolok-Kaa’n, en Puerto Morelos.

Como parte del operativo para combatir el Tráfico Ilegal de Ejemplares, Partes y Derivados de Fauna Silvestre Terrestre y Marina, personal de la dependencia federal realizó una visita de inspección a las instalaciones de la UMA Santuario Toolok-Kaa’n para verificar la documentación sobre su colección de ejemplares.

Toda vez que los responsables de la UMA no exhibieron la documentación, se llevó a cabo el aseguramiento precautorio de 185 ejemplares de Iguana verde (Iguana iguana); 1 ejemplar de Cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii); 8 ejemplares de Tortuga jicotea (Trachemys scripta venusta) y 5 ejemplares de Boa constrictora (Boa constrictor).

Una vez levantada el acta administrativa y aplicada la medida de seguridad mediante el aseguramiento de las especies, éstas quedaron en depósito del visitado.

Ejemplares se encuentran en estatus de Protección Especial y Amenazado

La Iguana iguana y ell Crocodylus moreletii se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en estatus de Protección especial (Pr), así como Boa constrictor, la cual se encuentra en estatus de Amenazada (A).

Las violaciones a los preceptos de la Ley General de la Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento, podrán ser sancionadas administrativamente con multa por el equivalente de 20 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

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Asimismo, dichas conductas pueden derivar en la configuración de un delito penal conforme a lo establecido en el artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal, que establece la imposición de una sanción de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días de multa a quien realice cualquier actividad con fines ilícitos con especies consideradas endémicas, amenazadas, o en peligro de extinción.

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