Los avances de la medicina en México han permitido que las personas vivan más años, pero también han generado escenarios complejos para quienes enfrentan enfermedades terminales.
En muchos casos, los tratamientos logran prolongar la vida, aunque a costa de un profundo sufrimiento físico y emocional, tanto para los pacientes como para sus familias. Ante esta realidad, en México existe una herramienta legal que busca respetar la decisión personal: la Ley de Voluntad Anticipada.
Esta ley permite que las personas decidan, de manera libre y consciente, qué tratamientos desean o no recibir cuando se encuentren en una etapa terminal o en una condición que impida una recuperación natural. Su objetivo no es acelerar ni retrasar la muerte, sino respetar su curso natural, priorizando la dignidad y la autonomía del paciente.
Sin embargo, la aplicación de esta legislación no es uniforme en todo el país. Actualmente, la Ley de Voluntad Anticipada está regulada formalmente en 15 entidades de México, lo que limita su acceso en otras regiones. Aun así, representa un avance significativo en materia de derechos de los pacientes.
Este mecanismo legal se basa en la decisión personal de aceptar o rechazar tratamientos que únicamente buscan prolongar la vida cuando ya no es posible una recuperación. Es importante subrayar que no se trata de eutanasia, ya que no busca provocar la muerte. Lo que regula es la ortotanasia, es decir, favorecer los cuidados paliativos, el acompañamiento y la atención sin intervenciones médicas agresivas.
El documento de voluntad anticipada se firma ante un notario público, donde la persona expresa cómo desea ser tratada frente a enfermedades terminales o accidentes graves.
La ley garantiza en todo momento la dignidad, autonomía y derechos del paciente, y establece que la decisión puede ser revocada en cualquier momento, si así lo desea quien la suscribió.
La Ciudad de México fue pionera en este tema al aprobar la ley en 2008. A partir de entonces, otras entidades se han sumado a esta regulación.
La más reciente fue Chiapas, que adoptó la legislación en agosto de 2025. Los estados donde ya está vigente incluyen Aguascalientes, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Tlaxcala y Yucatán.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam), datos de 2019 revelaron que en la capital del país las mujeres, las personas solteras y los adultos mayores son quienes más recurren a este derecho.
Un aspecto relevante es que este documento no requiere que la persona esté enferma. Cualquier mayor de edad puede tramitarlo de manera preventiva, designar a sus representantes y dejar claras sus decisiones, incluso manifestar su deseo de donar órganos tras su fallecimiento.
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Existen dos vías para acceder a la voluntad anticipada: mediante un documento notarial o a través de un formato en instituciones de salud, validado con una nota clínica.
En ambos casos, el proceso busca asegurar que la decisión sea informada, libre y plenamente consciente, reforzando el derecho de cada persona a decidir sobre su propio cuerpo hasta el final de su vida.
Fuente: Milenio
