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Corte revoca amparo al asesino de los perritos rescatistas Athos y Tango, fallecidos en Querétaro

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo que le fue concedido a Benjamín “N” por el homicidio de Athos y Tango, perritos rescatistas de la Cruz Roja, y con el que consiguió reducir su condena de 10 años en prisión.

Fue por mayoría de cuatro votos que los ministros avalaron que, en Querétaro, las personas condenadas por maltrato animal enfrenten penas mayores cuando utilizan métodos crueles para cometer el delito.

De esta manera, la Sala revocó el amparo que le fue concedido a Benjamín “N”, quien en el año 2022 fue condenado a 10 años de prisión por envenenar a los perritos Athos, Tango y Balam con salchichas envenenadas que colocó en un área común del condominio en el que vivían con su entrenador.

Sin embargo, ordenó regresar el expediente a un Tribunal Colegiado para que este analice nuevamente si Benjamín “N” realmente utilizó un método cruel para atentar contra los canes para aplicar la agravante al caso.

TRÁGICO SUCESO EN QUERÉTARO

Fue en el año 2021 cuando los perritos Athos y Tango murieron por las salchichas envenenadas colocadas por Benjamín “N”, pero Balam sobrevivió, razón por la que le fueron fincados tres delitos cometidos en contra de los animales con la agravante de “utilización de métodos crueles”.

Lo anterior llevó a un juez en el estado de Querétaro a emitir la histórica sentencia en la que Benjamín “N” se convirtió en el primer condenado en el país por este tipo de conductas.

Tras ello, Benjamín “N” presentó un recurso de apelación en el que fue confirmada la sentencia condenatoria. Posteriormente tramitó un amparo directo en el que un Tribunal Colegiado de Circuito le concedió la protección constitucional al considerar que la agravante de “utilización de métodos crueles” implicaba una doble condena.

Al respecto, el dueño de los perritos, quienes estaban entrenados para rescatar personas desaparecidas y como apoyo psicológico y formaban parte del equipo de la Cruz Roja de Querétaro, tramitó un recurso de revisión en el que cuestionó si el agravante de utilización de métodos crueles previsto en el Código Penal para dicha entidad es o no constitucional.

La ministra Margarita Ríos Farjat propuso avalar el artículo al considerar que el legislador sanciona de manera más grave el empleo de métodos que desvalorizan en mayor medida el bienestar y la dignidad de los animales, lo que repercute en la percepción social que se tiene en cuanto a la importancia de tratar a todos los seres vivos con compasión y respeto.

Aunque la sentencia de la Sala confirma la culpabilidad de Benjamín “N”, los ministros ordenaron regresar el expediente para que se reevalúe si el agravante de “utilización de métodos crueles” aplica al caso, y que se evalúe si debe cumplir o no una condena mayor.

Con información de Proceso.

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