Entre presuntas irregularidades de procedimiento, la Juez María Olivia Núñez González, titular del Juzgado Décimo Tercero de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, dictó una sentencia de pensión alimenticia sin precedente: 180 mil pesos mensuales para un menor de cuatro años.
La resolución, que ha causado asombro por su monto, fue calificada por la defensa del padre demandado, identificado como José Luis, como “una cifra abiertamente desproporcionada y excesiva”, al argumentar que el progenitor ha cumplido de manera puntual con todas la pensión alimenticia desde el nacimiento del menor.
De acuerdo con el expediente 1370/2025, la defensa señaló que la jueza no valoró adecuadamente las pruebas presentadas, entre ellas, los comprobantes de pagos regulares de la pensión alimenticia que la madre del niño ha recibido puntualmente. El fallo, afirmaron, constituye un hecho inédito en el Sistema Judicial Familiar de Jalisco.
Según los antecedentes del caso, José Luis y Valeria mantuvieron una relación de la que nació un menor hace cuatro años. El padre reconoció su paternidad y acordó entregar 12 mil pesos mensuales, además de cubrir colegiaturas, seguro médico y un seguro educativo universitario para el futuro del niño.
Posteriormente, el Juez Cuarto de lo Familiar, dentro de la causa 1990/2023, incrementó la pensión alimenticia a 15 mil pesos mensuales, cantidad que el padre continuó entregando de manera puntual.
La situación cambió cuando José Luis anunció su decisión de formalizar su relación con su pareja Tania, con quien tiene dos hijos menores. Tras ello, según la defensa, Valeria inició hostigamientos, amenazas y agresiones, algunas presuntamente documentadas en video.
A partir de ese conflicto, y asesorada por un grupo de abogados, Valeria demandó el pago de 220 mil pesos mensuales exclusivamente para el menor.
El caso fue turnado al Juzgado Décimo Tercero de lo Familiar, donde la juez Núñez González resolvió fijar la cantidad en 180 mil pesos mensuales, además de ordenar embargos en todas las cuentas bancarias y propiedades de José Luis.
La defensa del demandado calificó la resolución como un exceso de autoridad, argumentando que el fallo ignoró el derecho de los otros dos hijos del padre, quienes quedaron en situación de vulnerabilidad al privarlo de los medios económicos necesarios para su manutención.
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Finalmente, tras decretar los embargos, la jueza Núñez González se excusó del caso y lo turnó al Juzgado Décimo Cuarto de lo Familiar, donde se ejecutó el cobro de la pensión. La medida, que ya afectó el patrimonio del demandado, ha generado debate por el alcance de las decisiones judiciales en materia familiar y equidad económica.
Fuente: El Universal