El estado de Chiapas se encuentra indignado luego de que se diera a conocer que una niña de 10 años permanece en estado crítico en San Cristóbal de las Casas tras dar a luz y enfrentar graves complicaciones de salud vinculadas a un caso de embarazo infantil.
Los médicos detectaron daños severos después del parto, incluyendo el aplastamiento de la vejiga y la uretra, así como lesiones en otros tejidos internos.
El recién nacido, aunque llegó al mundo dos semanas antes de lo previsto y tras un parto prolongado por la inmadurez física de la madre, sobrevivió a pesar de diversas complicaciones.
La menor, identificada como Deysi “N”, fue presentada en el Hospital de la Mujer en Chiapas por un joven de 18 años que se identificó como su esposo. Su bajo peso, menos de 40 kilos, y su estatura, poco más de un metro 20 centímetros, evidenciaban la falta de desarrollo físico necesario para un embarazo y parto de tal magnitud.
El pronóstico para la niña sigue siendo reservado, con señales poco alentadoras. El estado del bebé también es delicado a consecuencia de las dificultades presentadas al nacer.
Posteriormente, Deysi fue trasladada al Hospital de las Culturas en Chiapas. El caso fue denunciado por un trabajador social ante la Fiscalía General del Estado, lo que activó la investigación oficial sobre lo ocurrido.
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Tras la denuncia, la persona que se presentó como su esposo desapareció, generando incertidumbre sobre su paradero y su posible responsabilidad. Actualmente, tanto Deysi como el recién nacido continúan bajo observación médica estricta, enfrentando riesgos importantes para su vida y salud en Chiapas.
El matrimonio infantil está prohibido en México desde la entrada en vigor de reformas al Código Civil Federal y distintas legislaciones estatales que fijaron los 18 años como la edad mínima para contraer matrimonio, sin excepciones.
La legislación mexicana considera delito la cohabitación forzada y el matrimonio de personas menores de dieciocho años, y establece penas de ocho a quince años de prisión y multas considerables para quienes promuevan, faciliten u obliguen a menores al matrimonio.
El artículo 148 del Código Civil Federal estipula que sólo quienes hayan cumplido la mayoría de edad pueden casarse legalmente en el país. Asimismo, el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal tipifica el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años y señala que las penas pueden aumentar si la víctima pertenece a una comunidad indígena o afromexicana.
Las sanciones se aplican tanto a quienes organicen, permitan o consientan el matrimonio infantil, como a familiares y autoridades que participen o sean omisas en su deber de impedirlo.
El embarazo infantil en México se considera resultado, en la mayoría de los casos, de abuso sexual o violencia, y está estrechamente vinculado a la comisión de delitos graves. El Código Penal Federal y los códigos estatales establecen penas de seis a veinte años de prisión para los responsables de abuso sexual o violación de menores, además de multas económicas que varían según la entidad. Investigan si este caso en Chiapas es parte de este problema.
Con información de TV Azteca.
