El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es obligatoria para la emisión de facturas electrónicas durante el año 2026.
La autoridad fiscal señaló que ningún establecimiento, empresa o proveedor de servicios puede exigir dicho documento como condición para entregar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
A través del comunicado 4-2026, publicado el 20 de enero, el SAT recordó que la normatividad vigente no contempla la Constancia de Situación Fiscal como un requisito indispensable para facturar, por lo que su solicitud constituye una práctica ilegal.
El organismo explicó que condicionar la expedición de una factura a la presentación de la CSF representa una conducta indebida por parte de quien presta el servicio o vende un producto.
En ese sentido, advirtió que las personas físicas o morales que incurran en esta práctica pueden ser objeto de sanciones económicas, ya que dicha conducta está contemplada como infracción en el Artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación.
“De acuerdo al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción el condicionar la emisión de CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, y se castiga a quien lo realice con una multa que va de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos”.
El SAT precisó que, para emitir una factura electrónica de manera correcta, únicamente se deben solicitar cuatro datos fiscales básicos al receptor, sin necesidad de requerir el documento completo de la Constancia de Situación Fiscal.
Los datos necesarios son: el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre o razón social, el código postal del domicilio fiscal y el régimen fiscal correspondiente.
Asimismo, en materia laboral, la autoridad aclaró que los empleadores tampoco están facultados para pedir la Constancia de Situación Fiscal a sus trabajadores con el objetivo de timbrar la nómina.
En estos casos, las empresas deben obtener o actualizar los datos fiscales de los asalariados mediante un caso de aclaración, conforme a la ficha de trámite 44/CFF, establecida en el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
De acuerdo con la autoridad, el único que puede acceder a la CSF es el contribuyente, no tiene vigencia y solo se actualiza cuando la persona realiza alguna modificación de informaación en el RFC, cambio de domicilio fiscal o actualización de régimen fiscal o actividades económicas.
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Con este llamado, el SAT reiteró la importancia de respetar las disposiciones fiscales y evitar prácticas que afecten los derechos de los contribuyentes.
Con información de El Universal y El Heraldo de México.

