La Ley Nacional de Registro de Detenciones (LNRD) fue avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Recordemos que esta ley había sido impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Se había impugnado el artículo 5º transitorio de la ley, al considerar que planteaba que los militares no estaban obligados a reportar la detención de un presunto criminal, siendo que este deber recaía sobre la Policía.
Ante ello, el ministro Javier Laynez expuso que la ley no debía de ser leída de esta manera, sino que por el contrario, se debía entender que si las fuerzas armadas están encargadas de las tareas de seguridad, a ellas les corresponde llevar a cabo las detenciones.
“La interpretación correcta del quinto transitorio conlleva que la fuerza armada permanente que realice tareas de seguridad pública está sujeta a la ley y que no deberá dar aviso en términos del (artículo) 19, sino que debe realizar directamente el registro inmediato”, expuso el ministro.
Algunas organizaciones como México Unido contra la Delincuencia criticaron el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no haya hecho público el proyecto de la Ley Nacional de Detenciones.
La instancia señaló por medio de un comunicado que esta omisión es preocupante, ya que lo consideró un tema de suma relevancia al estar relacionado con los derechos humanos de los mexicanos.
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Por otro parte, el organismo internacional Human Rights Watch (HRW) señaló que el constante uso de los militares en labores de seguridad ha provocado mayor violencia en México.
Indicó que en el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador se han alcanzado nuevos récords en violencia en el país, pese a que su administración sostiene lo contrario.
Con información de El Financiero.