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Autoriza Semarnat construcción de hotel Garza Blanca Resort

Autoriza Semarnat construcción de hotel Garza Blanca Resort
Autoriza Semarnat construcción de hotel Garza Blanca Resort

La Semarnat autorizó el cambio de uso de suelo para la construcción del complejo Garza Blanca Resort & Spa Riviera Maya II.

El terreno en cuestión, se ubica en la zona costera del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, a la altura del kilómetro 299 de la carretera federal 307, Puerto Juárez-Reforma Agraria.

La dependencia federal autorizó 10 años para la preparación del terreno y 75 años para la operación del complejo que se desarrollará.

El proyecto contempla la construcción de 150 departamentos de tres recámaras cada uno, con operación hotelera (condohotel), distribuidos en dos conjuntos. Uno frente al mar que contará con dos edificios de ocho niveles y 126 departamentos de tres recámaras, restaurantes, bares y obras diversas al aire libre, complementarias de la operación hotelera, tales como albercas, asoleaderos, terrazas y servicios de playa; y otro en la zona de selva que contará con 2 edificios de 8 niveles y 24 departamentos de tres recámaras.

El proyecto, financiado por el Banco Mercantil del Norte, el Grupo Financiero Banorte y  la Promotora Arena Blanca, incluye también dos restaurantes y un spa que se localizarán en la zona de selva del predio; así como las obras de equipamiento y de servicios necesarios para soportar la oferta hotelera, como son red de drenaje interna con planta de tratamiento de aguas residuales; planta desaladora y potabilizadora y la red de distribución de agua potable; red eléctrica subterránea; área de acopio de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos; y un edificio de apoyo para almacenamiento y distribución. Incluye además una sala de ventas que alojará a los promotores del desarrollo, junto con las obras complementarias para su operación.

El predio en cuestión, cuenta con una superficie total de 15.23 hectáreas.

Cabe mencionar que al interior del predio existen áreas desprovistas de vegetación, las cuales han sido sujetas a procedimiento administrativo ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), y que en materia forestal se cuenta con la resolución administrativa número PFPA/4.2/2C.27.2/0795-09 de fecha 16 de octubre del 2009; y en materia de impacto ambiental se cuenta con la resolución número 215/99 de fecha 21 de abril de 1999.

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