Recientemente se dio a conocer un acto de exhibicionismo por parte de un hombre hacia una adolescente en plena vía pública y a la luz del día en las inmediaciones de Mérida, Yucatán.
Gracias a que un testigo grabó los hechos, medios locales pudieron reportar que este incómodo momento ocurrió en la colonia El Porvenir, al poniente de la ciudad, donde según los reportes, el hombre, sin motivo alguno, descendió desnudo de la cintura para abajo de su vehículo tipo Tsuru color blanco, y procedió a mostrar sus partes íntimas a una chica que se encontraba a bordo de otro auto, para después regresar a su unidad y huir.
Al parecer, el testigo que filmó lo sucedido, siguió al individuo y lo confrontó para pedirle explicaciones sobre su comportamiento. Sin embargo, el sujeto no respondió y se limitó a cubrir la matrícula de su coche para evitar ser identificado.
Posteriormente, el video fue enviado a las autoridades locales a fin de que pudieran identificar al hombre en cuestión. La policía de Mérida inició un operativo para localizar al exhibicionista y actuar conforme a la ley.
Según reportes oficiales, el agresor ya estaba siendo investigado por realizar actos similares en esa misma área de la ciudad.
Por lo anterior, las autoridades hicieron un llamado a la ciudadanía para que, en caso de reconocer al hombre exhibicionista que le mostró sus partes íntimas a una adolescente, presente una denuncia formal y así pueda ser castigado.
Se espera que en los próximos días se logren avances en las investigaciones.
¿Cuál es la sanción por exhibicionismo en Yucatán?
De acuerdo con las autoridades exhibirse en público infringe el artículo 15 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno, que estipula que está prohibido sostener relaciones sexuales o actos de exhibicionismo obsceno en la vía o lugares públicos, como parques, o vehículos en circulación o estacionados.
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Asimismo, el Código Penal del Estado sanciona de seis meses hasta cinco años de prisión a quien se sorprenda realizando estas acciones, según el artículo 207 Capítulo I, el cual habla sobre ultrajes a la “Moral Pública y a las Buenas Costumbres”.
No obstante, se aclara que no se sancionarán conductas similares si es que tienen un fin de investigación o divulgación científica, artística o técnica.
Con información de Paco Zea.com