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Expropian terreno a ejido El Cedral para destinarlo a una subestación eléctrica

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LÁZARO CÁRDENAS, MX.- Por causa de utilidad pública, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), expropió una superficie de 1-49-14 hectárea (una hectárea, cuarenta y nueve áreas, catorce centiáreas) de terrenos de agostadero de uso común, del ejido “El Cedral”, en el municipio de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, a favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la cual los destinará a la subestación eléctrica “Popolnah”.

La subestación mejorará el servicio en 10 comunidades

A cambio, la CFE indemnizará a los ejidatarios por la superficie que se expropia, la cantidad de 110 mil 374 pesos, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Según los considerandos, la subestación eléctrica “Popolnah”, alimenta al circuito PPH-5020, que a su vez alimenta a la Subestación Eléctrica Moctezuma y la Subestación Kantunilkín, lo que contribuye a dividir la carga eléctrica, dar flexibilidad a las instalaciones, mejorar sustancialmente el servicio de la zona y beneficiar a 10 poblaciones entre las que destacan Kantunilkín, Xcán, Popolnah, Kilómetro 80, Nuevo Xcán y Chiquilá, con un total de 7 mil usuarios.

También mejora el servicio que le proporciona a la industria maderera, escuelas, hospitales, sistema de agua potable, entre otros, con una capacidad total instalada de 12.5 MVA, compuesta por un transformador de potencia con una capacidad de 9.375 MVA y con relación de transformación de 115/34.5 kv, más un transformador de potencia de 3.125 MVA, con una relación de transformación de 34.5/13.8 kv.

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Con la Subestación Eléctrica “Popolnah” se soluciona el problema de bajo voltaje que existía en esta región, ya que se crearon dos nuevos circuitos que hizo que la carga de un circuito se distribuyera en tres, y como consecuencia se tenga capacidad disponible para futuros incrementos de carga.

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales determinó el monto de la indemnización mediante avalúo con número genérico G-09621-A-ZND y secuencial 04-16-705 de 19 de octubre de 2016, en el cual se consideró el valor comercial que prescribe el artículo 94 de la Ley Agraria, y le asignó como valor unitario el de 74 mil 006 pesos por hectárea, por lo que dicha indemnización se fijó en los 110 mil 374 pesos.

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