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Inspecciona Profepa un terreno en Lázaro Cárdenas que no contaba con permisos de remoción vegetal

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LÁZARO CÁRDENAS, MX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) inspeccionó actividades de desmonte, remoción y quema de vegetación en un predio innominado localizado en el Municipio de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, donde se constató que dichas actividades no cuentan con autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Ubica una superficie afectada de 7,105 metros cuadrados en ecosistema de selva mediana subperennifolia

En atención y seguimiento a una denuncia popular, personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en Quintana Roo se apersonó  y constató una superficie afectada de 7,105 metros cuadrados (0.7105 ha) dentro de en un ecosistema de selva mediana subperennifolia, sin observar  afectación a especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

Durante la visita se observaron indicios de cenizas, coloración negra producto de la combustión de material vegetal; tocones de árboles talados con motosierra, de acuerdo con el corte dejado en los troncos; no había guardarraya para controlar el fuego; un cultivo de maíz que abarca la superficie afectada y el aprovechamiento de materia prima forestal para la producción de carbón vegetal, constatándose la preparación de un horno rústico de 4 metros de diámetro por 2 metros de altura, aproximadamente.

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De conformidad con la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), su reglamento y las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 100 a 20,000 mil Unidades de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, además de la clausura total temporal de las obras y actividades.

Conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá  imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una multa por el equivalente de 100 a 3,000 Unidades de Medida y Actualización a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.

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