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Registro de Usuarios de Telefonía Móvil es una amenaza para la ciudadanía: empresarios

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Ciudad de México.-Empresarios de la COPARMEX CDMX han advertido que es una clara amenaza para la ciudadanía el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, que además, violaría los principios constitucionales básicos.

Armando Zúñiga Salinas, Presidente de la COPARMEX CDMX, comunicó que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para recrear el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, aprobada la tarde de ayer en el Senado de la República es para los integrantes de la organziación que preside “una señal de riesgo que enfrentan los valores democráticos del país, representa una amenaza a los datos personales de la ciudadanía y viola diversos preceptos constitucionales”.

En un comunicado el líder empresarial señaló que preocupa que el Registro de Usuarios aprobado ayer repite los errores cometidos en regulaciones previas con las mismas características, las cuales lejos de combatir la inseguridad y la extorsión telefónica, generaron más riesgos para la ciudanía y derivaron en el aumento de esos y otros delitos nuevos derivados de las disposiciones del Registro.

“En COPARMEX CDMX lamentamos que la mayoría de las y los senadores desatendieran las razones técnicas, jurídicas y económicas expuestas por los especialistas y sus compañeros legisladores, quienes han señalado reiteradamente que el Registro de Usuarios de Telefonía en los términos en los que fue planteado viola los derechos humanos de los usuarios”, dijo Armando Zúñiga Salinas.

Además, expresó: “La adopción de este tipo de medidas, no son dignas de un gobierno democrático y plural, y sólo pueden ser interpretadas como una nueva señal del riesgo que enfrentan los valores democráticos en nuestro país. En COPARMEX CDMX estamos convencidos que México necesita medidas efectivas e inteligentes para combatir la inseguridad que afecta a toda la ciudadanía. Este Registro no es un ejemplo de éstas y pone en riesgo la privacidad y el patrimonio mismo de los ciudadanos”.

Por lo anteriore hizo un llamado al Poder Ejecutivo para que revise con cuidado el proyecto y sus implicaciones antes de publicarlo en el Diario Oficial.

 

¿Por qué violaría los preceptos básicos constitucionales?

De acuerdo con la Coparmex CDMX, el referrido registro viola en varios aspectos los principios básicos constitucionales y la seguridad de los usuarios.

El organismo señala que: Viola el principio de presunción de inocencia al asumir que la persona responsable de una línea registrada, automáticamente será responsable por cualquier delito asociado a un número que podría ser utilizado por cualquier persona.

Igualmente asegura que la creación de un registro cuyo manejo será altamente sensible por la naturaleza de los datos biométricos que contendrá, cualquier filtración o acceso no autorizado representaría una seria violación a la privacidad de la ciudadanía de forma irreversible y que podría poner en riesgo incluso su patrimonio por ser información que se utiliza para proteger su acceso a cuentas bancarias y sistemas financieros.

Asimismo limita el derecho a la libertad de expresión de los ciudadanos, al restringir su capacidad de comunicarse por tratase de una política orientada al control y vigilancia de la población.

Incrementa la brecha digital y limita el acceso a la comunicación de grupos vulnerables y marginados, al imponer nuevas barreras al acceso de líneas telefónicas y ordenar la cancelación de las líneas cuyos usuarios no se registren.

Atenta contra el mandato constitucional de que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sin mandato escrito de una autoridad competente, y representa una violación al mandato de los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Comunicaciones que obliga a los operadores de telecomunicaciones a colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia y proporcionar diversa información de los usuarios de telecomunicaciones, previo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente.

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Además, viola la irretroactividad de la Ley, sancionando a usuarios a acatar normas que no estaban vigentes en la fecha de la contratación de su servicio bajo la pena de cancelar su línea telefónica.

 

 

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