Chetumal.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) debió modificar hoy su sentencia original, y acreditar que Tirso Esquivel Ávila, ex candidato a la presidencia municipal por Fuerza por México, al igual que este partido y su dirigente municipal, violaron la normativa electoral, al ofrecer 600 plazas en el Ayuntamiento a cambio de que votaran por ellos, además de regalar pelotas, piñatas y dulces, y también por exponer a tres mujeres de una forma que atentaba contra su dignidad.
Tirso Esquivel Ávila deberá pagar una multa de 22 mil pesos, en tanto que Fuerza por México y su dirigente local, Brisa Rodríguez López, recibieron una amonestación pública, al resolverse el Procedimiento Especial Sancionador PES/060/2021, derivado de una queja de Redes Sociales Progresistas.
Los magistrados del Teqroo habían exculpado al hoy regidor electo de estas conductas, pero este fallo fue rebatido por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordenó un nuevo análisis de la evidencia, toda vez que hubo falta de exhaustividad.
En esta nueva sentencia, se confirma que tres mujeres fueron expuestas en actos de proselitismo bajo estereotipos de género que atentaron contra su dignidad. También el candidato ofertó y entregó bienes de manera directa al electorado a cambio de su voto (600 plazas para el Ayuntamiento, así como pelotas, piñatas y dulces).
Aunado a ello, estas pelotas entregadas no cumplían con la normativa electoral, en cuando a la protección al ambiente.
Por lo anterior, Tirso Esquivel Ávila deberá pagar una multa de 250 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 22 mil 405 pesos. Fuerza por México y Brisa Rodríguez López, fueron amonestados por no vigilar que su candidato cumpliera con la normativa.
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Sanciona el TEQROO a Tirso Esquivel por violentador de mujeres
La sanción a Tirso Esquivel Ávila, en su calidad de otrora candidato a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento Puerto Morelos, Quintana Roo; a la dirigente municipal del partido Fuerza por México, ciudadana Brisa del Mar Rodríguez López, y al partido político Fuerza por México, por el deber de cuidado; por la vulneración a la normativa electoral, consistió en:
a) la exposición de tres mujeres bajo estereotipos de género que atentaron contra su dignidad, en actos de proselitismo (caminatas);
b) la entrega de propaganda utilitaria (pelotas) que no cumplen con la normativa electoral destinada a la protección del ambiente; y
c) la entrega y oferta de bienes de manera directa al electorado (pelotas, piñatas, dulces y oferta de trabajo en el Ayuntamiento de Puerto Morelos, Quintana Roo).
Este proceso fue presentado por el Partido Redes Sociales Progresistas en contra de los hoy sancionados por supuestos actos que transgreden la normativa electoral.
Es por lo que, en la sentencia, se estima que los denunciados infringieron lo dispuesto en los artículos 1 de la Constitución Federal; y 286 y 290 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, por lo que se les impuso las siguientes sanciones.