Mara Lezama Espinosa, gobernadora electa de Quintana Roo y Marcelo Ebrard Casaubón, secretario de Relaciones Exteriores, no cometieron actos anticipados de campaña. Eso fue lo que determinó el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo).
Es decir, ni la futura gobernadora ni el canciller violaron los principios de imparcialidad o neutralidad previstos en el artículo 134 párrafo séptimo por parte de la Constitución federal durante al anterior proceso electoral.
Y es que los partidos de oposición habían denunciado a Mara Lezama, a Ebrard Casaubón y a los partidos de la coalición (Morena, Partido Verde, PT y Fuerza por México) por la presencia del funcionario federal en los actos de campaña de Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo.
Sin embargo el Teqroo consideró que la presencia del secretario de Relaciones Exteriores se dio como ciudadano, en su tiempo libre.
“Si bien es cierto que los links verificados por la autoridad instructora acreditan la presencia del denunciado a dicho evento, es menester señalar que el mismo fue llevado a cabo en día y horas inhábiles”, señalaba la ponencia

“También cabe mencionar que del contenido de los links tampoco se desprende que existan manifestaciones que fueran más allá de lo permitido por la ley para los servidores públicos en días inhábiles”, decía el documento.
En conclusión, a ponencia proponía declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Mara Lezama Espinosa en su calidad de entonces candidata a la gubernatura por la coalición Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo, a Marcelo Ebrard y a los cuatro partidos de la coalición
Y es que tras realizar un análisis integral y sistemático a las constancias y autos que obran en el expediente, no se tuvo acreditada ninguna vulneración a la normatividad electoral.
Por ello los magistrados del Tribunal Electoral votaron a favor del proyecto que declaró inexistentes los supuestos actos anticipados de campaña.
Te puede interesar: Mara Lezama presenta al equipo encargado de la entrega-recepción
Cabe resaltar que el Teqroo también declaró inexistente la denuncia de David Alfonso Cano Canul contra la entonces candidata a diputada Kira Iris San por supuestas violaciones a la normatividad electoral vigente.