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Sancionarán con más de tres mil pesos de multa a quien instale “chelerías” en la vía pública en CDMX

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Las “chelerías” irregulares, esos establecimientos improvisados que surgen en las calles de la Ciudad de México vendiendo cerveza y micheladas sin los permisos adecuados, se han convertido en un fenómeno común en varios puntos de la capital.

A menudo, estos locales se instalan sin cumplir con las normas de regulación comercial, representando un riesgo para la seguridad y el orden público.

Ante el crecimiento de esta práctica, el gobierno de la Ciudad de México aprobó una reforma para sancionar con multas de más de tres mil pesos a aquellos que se instalen en la calle a vender cerveza. Además, serán arrestados hasta por 36 horas y tendrán que hacer trabajo comunitario.

De acuerdo a la reforma a la Ley de Cultura Cívica, publicada en la Gaceta Oficial, la venta de bebidas alcohólicas en vía pública representa una infracción contra la seguridad ciudadana, a excepción de casos en ferias, romerías o festividades que cuenten con autorización previa de las instancias competentes.

Con esta regulación, se busca desaparecer las “chelerías”, puestos que usualmente se pueden encontrar en tianguis o en plena calle de distintas colonias de la capital.

Asimismo, se informó que se agrega una fracción V bis al artículo 28 y se modifica el artículo 32 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, en la que se busca sancionar a quienes vendan bebidas alcohólicas en la vía pública sin contar con los permisos necesarios.

Las modificaciones a la Ley de Cultura Cívica, establecen ahora penas que incluyen multas de 21 a 30 Unidades de Medida Actualizada (UMA), que equivale entre dos mil 171 a tres mil 257 pesos. Además de arrestos de 25 a 36 horas y trabajo comunitario de hasta 18 horas.

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Por otro lado, se notificó que se reformó el artículo 286 del Código Penal local, que establece que cualquier alteración, destrucción o desaparición de sellos de clausura puestos por las autoridades, podría ser castigado desde dos hasta 12 años de prisión y de 100 a cinco mil días de multa.

Si se reincide en estas conductas, la pena de prisión será aumentada en una cuarta parte.

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