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Estos fueron los cambios a la Ley de Movilidad

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La Ley de Movilidad publicada el pasado 12 de junio en el Periódico Oficial del Estado y que fue aprobada por la XV Legislatura del Congreso del Estado, sienta un “piso parejo”, basado en la equidad para todos los actores económicos, en donde se autoriza el uso de plataformas digitales de transporte, como Uber, pero bajo un marco regulado, para garantizar la seguridad de sus usuarios

Conceptos de la Ley de Movilidad

Esta nueva ley implica un parteaguas en el marco legal de la entidad, al acabar con la discrecionalidad en la entrega de pacas de concesiones, a través de la creación del Instituto de la Movilidad; también incorpora el fomento a medios públicos y alternativos de transporte y, a diferencia de la Ley de Transporte, que pronto será derogada, hace del ciudadano el centro de la legislación, al reconocerle su derecho a la movilidad.

En este sentido, por primera vez se incluye el uso de tecnologías sustentables en los medios de transporte; garantizando así la seguridad en los desplazamientos de la población.

Situación Uber

Gran polémica ha generado la situación de Uber, plataforma digital de transporte que tiene planes de reiniciar su servicio en Cancún y que está a la espera de esta ley. Con el nuevo marco legal, su operatividad es permitida, pero regulada, lo que incluye la necesidad de contar con una concesión de transporte.

Lo anterior, para preservar el concepto de equidad, que debe tener toda ley, pues tiene que haber “piso parejo” para todos.

Con la nueva ley, también finalmente se cuenta con legalidad (requisito claro para prestar el servicio), y la competitividad (que los usuarios puedan optar por el servicio que más les convenga, en calidad y precio).

También se fomenta la libre competencia, promueve la movilidad inclusiva, sin discriminación y a costos accesibles para el usuario.

Cambios

Dentro de los cambios en la Ley de Movilidad se encuentran, la vigencia de permisos que actualmente es de 10 años para plataformas digitales que presten el servicio de transporte público, y pasará a la modalidad de concesión por los mismos 10 años antes establecidos.

Mientras que para transportistas de alquiler y de carga, de tener concesiones con vigencia de 20 años, pasarán a tenerlos de forma indefinida.

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Criterios judiciales

Cabe destacar que el marco legal actual en materia de transporte ya ha sido tema de litigio, tanto federal como local, lo que ha generado criterios que han servido de guía para los legislativos.

Así, una tesis aislada de un tribunal colegiado señala que al tomar un servicio de transporte, mediante una plataforma digital, un usuario se enfrenta a una empresa, que ya tiene una tarifa y términos de servicio ya establecidos. Por ello, no se trata de un “servicio entre particulares” como alega Uber, sino de un transporte público, y por tanto, es sujeto a regulación por parte de gobierno, para protección y seguridad de los usuarios.

También existe un fallo del Tercer Tribunal Colegiado federal, en el que se sostuvo la Ley de Transporte actual (pronto a ser derogada), al determinar que el pedir una concesión de transporte a quienes prestan servicio a través de una plataforma digital es conforme a derecho, al ser esta la herramienta utilizada por el Estado para normar este sector.

Esta reforma a la Ley de la Movilidad crea competencia y oferta de servicios, algo nuevo para los prestadores del rubro, que no han entendido que el estado demanda más.

Tribunales locales y federales señalan que la regularización mediante concesiones es una herramienta lícita e idónea para el transporte público, que incluye plataformas digitales.

 

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