Aquí te explicamos qué es la Ley de Movilidad y los puntos que establece la misma.
La ley indica que la movilidad es un derecho humano, colocando a todas las personas en un plano de igualdad.
La jerarquía
La misma establece la jerarquía de movilidad de la siguiente manera: Primero peatones, luego ciclistas y después el transporte público y privado.
La ley se sujeta a los siguientes principios: Seguridad, Accesibilidad, Eficiencia, Igualdad, Resiliencia, Sustentabilidad, Multimodalidad, Participación y Correspondencia Social.
La autoridad competente es Instituto de Movilidad como un Organismo Público Descentralizado y se encarga de la planeación, diseño, evaluación y ejecución de la política.
¿Quiénes participan?
El mismo está encabezado por Junta de Gobierno, Comités Especialziados, Secretaria de Desarrollo Urbano, Gobierno, Turismo y de Medio Ambiente, sindicatos y agrupaciones involucradas.
¿Qué regula?
Con el sistema Integrado de Transporte Público que regula infraestructura, Clasificación de transporte y tarifas, concesiones y permisos, Sistema de Transporte Público Masivo, servicio a través de plataformas digitales, estacionamientos, estaciones y terminales, licencias y permisos, Registro Público de Transporte.
Sobre las plataformas digitales dice que
En cuanto a las plataformas digitales deben contar con consesiones, quienes no la tengan sólo podrán prestar servicios con permiso de Instituto de transporte.
Los mismos estarán sujetos a cobrar únicamente tarjetas de crédito o débito, el valor del vehículo sea superior a 2,500 UMAS, cada Vehículo cuente con GPS, la antigüedad del vehículo sean 4 años máximo.
¿Cuándo entra en vigor?
La nueva ley inicia su vigencia a los 90 días de su publicación en el Periódico Oficial del Estado