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Reculan PRI-PV en el Congreso: Echarán atrás aumento del 100% en recursos

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Niño Verde y Félix reniegan de Borge, Pri-Verde contra paquetazo financiero de Borge al congreso

CHETUMAL, MX.- Exhibe el gobernador Carlos Joaquín González los excesos de su antecesor Roberto Borge Angulo, para Diputados por paquetazo financiero. Ante ello, el bloque conformado por el PRI-PV recula y propone echar para atrás aumento de más del 100% de recursos.

Como se recordará, en su discurso de toma de protesta, Carlos Joaquín señaló la incongruencia de duplicar los recursos para diputados mientras se tiene desabasto de medicinas por falta de pagos.

Ahora la bancada del PRI-PV reculó y corrigió la plana de Borge Angulo.

A continuación la iniciativa de decreto:

INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 67 DE LA CONSTITUCIÓN  POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO.

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO
Los que suscribimos, Raymundo King de la Rosa, Alberto Vado Morales, Elda Candelaria Ayuso Achach, José Luis González Mendoza, Leslie Angelina Hendricks Rubio, Jenni Juarez Trujillo, en nuestros caracteres de Diputados de la XV Legislatura Constitucional del Estado de Quintana Roo, en uso de la facultad que me confiere la fracción II, del precepto 68 de la Carta Magna local, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Legislatura, la presente Iniciativa de Decreto por el que se modifica el primer párrafo del artículo 67 de la Constitución  Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Mediante Decreto 411 de la XIV Legislatura, se introdujeron diversas modificaciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, entre éstas al precepto 67 de la Ley Fundamental de nuestra entidad, misma que es del tenor literal siguiente:

“Artículo 67. El Poder Legislativo del Estado administrará con autonomía su presupuesto, el cual no podrá ser menor al tres por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal de que se trate, y en ningún caso, será menor al presupuesto otorgado en el año inmediato anterior.
…”

II. Esto es, se asignó al Poder Legislativo de Quintana Roo, un presupuesto específico en vía de porcentaje vinculado al Presupuesto de Egresos del Estado, lo cual, si bien es cierto, otorga autonomía presupuestal para que los representantes populares ejerzan sus competencias en favor del pueblo quintanarroense, no menos cierto es que, quien suscribe, considera que los recursos públicos deben priorizar y privilegiar las necesidades de nuestros representados.

III. La fórmula presupuestal hasta hoy vigente, garantiza un incremento anual, sin necesidad de gestión ulterior ante ninguna autoridad; ya que al incrementarse el Presupuesto de Egresos del Estado, también se aumenta el presupuesto al Poder Legislativo de Quintana Roo. Incremento o Decremento se refleja presupuestalmente, hay que hay que indicar que el Presupuesto de Egresos siempre ha sido a la alza.

IIII. La fórmula presupuestal en comento impacta significativamente a las finanzas públicas; para ejemplificar la aseveración anterior, se realiza el siguiente ejercicio  con el presupuesto de egresos para egresos para el año 2016, contenido en el Decreto 369 de la XIV Legislatura.

Datos:

a) El Presupuesto global asciende a la cantidad de$24,485,736,208.00 (VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N.).

b) El Presupuesto para el Poder Legislativo de Quintana Roo es de $450,925,031.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.); las cuales incluyen recursos destinados para la Auditoría Superior del Estado, por la cantidad de: $110,157,168.00 (CIENTO DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), quedando la cantidad de $340,767,863 (TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES, SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL, TREINTA Y UN PESOS 00/100 M.N.).

De aplicarse el 3% de la cantidad global del Presupuesto de Egresos citada, como presupuesto para el Poder Legislativo, tal y como previene ahora el  primer párrafo del precepto 67 de la Constitución local, significaría un importe por la cantidad de $  734,572,086.24 (SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES, QUINIENTOS SETENTA Y DOS  MIL, OCHENTA Y SEIS PESOS 24/100).

Esto es, son $  393,804,223.24 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES, OCHOCIENTOS CUATRO MIL, DOSCIENTOS VEINTITRES PESOS 24/100) adicionales a lo que finalmente se le aprobó al Congreso del Estado. Es decir, con otras palabras, la formula presupuestal vigente duplica el presupuesto actual del Poder Legislativo, lo cual a todas luces es un exceso.

El ánimo de quienes suscribimos, es que esa cantidad excedente por casi 394 millones de pesos, se destine a obra pública y a programas sociales de alto impacto, ello con la intención de maximizar los beneficios del erario público en favor de los quintanarroenses, sobre todo para aquellos que más necesitan.

El dinero público pertenece a los quintanarroenses, y por tanto, el ejercicio del mismo, debe priorizar sus necesidades de toda índole, sea en obra pública o bien programas sociales que les permita elevar su nivel y calidad de vida.

Cada peso destinado en la gente produce bienestar.

La oportunidad de ser representantes del pueblo debe traducirse en vigilar que el dinero público se destine en favor de la población. Los servidores públicos, entre ellos, los legisladores debemos estar atento a que lo anterior sea una realidad.

Toda norma general responde a un momento histórico, y nuestro contexto actual, genera un desencuentro con la motivación que en el pasado tuvieron los legisladores que aprobaron la reforma al aludido precepto 67 de la Constitución local. Nuestro contexto y compromiso social nos compelen a modificar la fórmula de asignación presupuestal para el Congreso de Quintana Roo.

Independientemente del entorno económico internacional adverso, nuestro propio escenario económico de nuestro México, nos motiva a re direccionar esfuerzos y recursos para lograr atender las insuficiencias sociales; por tanto, el uso eficiente de los recursos públicos es un requisito sine qua non para incentivar el desarrollo social y económico de nuestro Quintana Roo.

V. Aunque desde el punto doctrinario, la fórmula presupuestal en comento, tiene sus aspectos positivos, no menos cierto es que, en concepto de quien suscribe la presente Iniciativa de Decreto, la real y auténtica soberanía e independencia, radica en que los democráticos representantes del Pueblo Quintanarroense, sometan invariablemente su actuación a la plena y absoluta a la voluntad e intereses de sus representados.

VI. Y una muestra tangible de ello, es destinar la mayor cantidad de los recursos públicos para satisfacer sus necesidades, priorizando el gasto público atender la mismas, y compeliendo a las autoridades a que observen una conducta austera y responsable, tratándose de dinero público.

VII. Es por tales razones que, deviene democráticamente responsable, proponer modificar la fórmula de asignación presupuestal del Poder Legislativo de Quintana Roo, esto es, desvincularlo respecto del Presupuesto de Egresos del Estado, para establecer que su incremento no podrá ser menor de la inflación que se proyecte para el año de que se trate, ello únicamente para mantener la misma capacidad económica.

Por lo expuesto con antelación y previamente fundado en derecho, nos permitimos someter a la alta consideración de esta H. XIV Legislatura del Estado, la siguiente:

INICIATIVA DE DECRETO por el que se modifica el primer párrafo del artículo 67 de la Constitución  Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

ARTÍCULO ÚNICO. Se modifica el primer párrafo del artículo 67 de la Constitución  Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo para quedar como sigue:

“Artículo 67. El Poder Legislativo del Estado administrará con autonomía su presupuesto, el cual se incrementará en la misma proporción que la inflación proyectada para el año de que se trate y, en ningún caso, será menor al presupuesto otorgado en el año inmediato anterior.
…”

“T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo.
CIUDAD CHETUMAL, QUINTANA ROO A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

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