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Destina Semarnat terreno en la Bahía de Chetumal, para uso de oficinas de gobierno

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La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) destinó una superficie de 8 mil 778.771m² al gobierno de Quintana Roo, para uso de oficinas de gobierno e infraestructura cultural y turística.

El predio en cuestión, se localiza en la intersección Primo de Verdad-Boulevard Bahía de Chetumal sin número, colonia Centro, del Municipio de Othón P. Blanco, y cuenta con una superficie de 2,758.746 m2 de zona federal marítimo terrestre del continente, así como la superficie de 4,477.966 m2 de zona federal marítimo terrestre y 1,542.059 m2 de terrenos ganados al mar correspondientes a la isleta y sus accesorios.

El pasado 16 de enero de 2020, el Gobierno del Estado pidió a la Semarnat se le destine la superficie en cuestión que además cuenta con planta de tratamiento de aguas residuales, pozo de visita, arranque de un puente de concreto armado.
Y es que, mediante oficio N° SEMA/DS/4217/2019 de fecha 13 de diciembre de 2019, la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo (SEMA), emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por el Gobierno del Estado de Quintana Roo.
La Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros (Zofematac), tomando en cuenta las opiniones técnicas N° SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-029/2020 de fecha 28 de enero de 2020, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales y la N° SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-018/2020 de fecha 31 de enero de 2020, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, determinó que la solicitud realizada por el Gobierno del Estado de Quintana Roo, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
Ante esto, este día se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se destina al Gobierno de Quintana Roo el predio mencionado.
Entre los puntos de este acuerdo, destaca que la Semarnat en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de las poligonales que integran la superficie destinada, podrían ser modificadas.
Además, en caso de que el Gobierno del Estado diera a la superficie un aprovechamiento distinto al previsto en el Acuerdo, sin la previa autorización de la Semarnat, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retiraría de su servicio para ser administrado por esta última.
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