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A partir del 1 de noviembre, entran en vigor nuevas medidas para aerolíneas

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CANCÚN, MX.- A partir de este miércoles 1 de noviembre, entran en vigor las reformas al Reglamento de la Ley de Aviación Civil con lo cual se permitirá que los pasajeros afectados por retrasos, cancelaciones y cobros excesivos por equipaje puedan exigir a las aerolíneas un rembolso justo, alimentación en las terminales, hospedaje y llevar hasta 25 kilos de equipaje documentado sin tener que pagar.

Aerolíneas obligadas a respetar las nuevas disposiciones

Derivado de las quejas que usuarios presentaban, sobretodo a través de las redes sociales, por la sobreventa de asientos, los cobros excesivos por sobrepasarse en el equipaje de mano, cancelaciones de última hora y retrasos de hasta seis horas, entre otras, la Cámara de Diputados reformó diversos artículos de la citada Ley, el pasado mes de junio.

Con la entrada en vigor este miércoles, los clientes que viajen sin equipaje son sujetos a ofertas y tarifas preferenciales, pero sí de última hora decide viajar con equipaje, el concesionario o permisionario podrá realizar el cobro correspondiente.

Otro de los beneficios que obtendrán los usuarios es más kilogramos en su equipaje documentado. Y es que, por ejemplo, algunas aerolíneas permitían llevar hasta 15 kilos solamente y a partir de ese peso pagar altas tarifas; ahora podrán llevar hasta 25 kilos sin tener que pagar en vuelos nacionales e internacionales. Adicionalmente, el nuevo reglamento reitera que la prestación del servicio de transporte aéreo internacional se sujetará a lo que establezcan los tratados bilaterales que ha firmado México.

En los casos de Estados Unidos y Canadá, que son los países emisores con mayor intercambio de pasajeros, las empresas de ambos países sí tienen la posibilidad de cobrar la primera maleta documentada.

Asimismo, el nuevo artículo 38 bis establece que cada pasajero debe entregar a la aerolínea, al momento de la compra de su boleto, su nombre con apellidos, teléfono de contacto y correo electrónico, porque el pase de abordar en medio digital o impreso es su garantía de rembolso en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo informe al concesionario o permisionario en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto.

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Si por alguna razón la aeronave aterriza en un aeropuerto alterno o más cercano al original, la aerolínea deberá cubrir el costo de transportación más rápido a la ciudad de destino. El reglamento también precisa que los pasajeros con alguna discapacidad tienen derecho a transportar, sin cargos adicionales, instrumentos inherentes a su condición, entre ellos, sillas de ruedas y muletas.

Otra medida que favorece a los usuarios será cuando un vuelo se retrase o cancele; anteriormente el pasajero pagaba hospedaje en un hotel cercano y/o la alimentación. Con la reforma, las aerolíneas  están obligados a brindar alimentos a sus clientes o si de plano el vuelo no saldrá, tendrán que trasladarlos a un hotel y pagarles la noche de estancia.

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