El Senado eliminó la sanción que contemplaba un mes de prisión a los jóvenes que les correspondía marchar y no cumplían con esta obligación.
Por unanimidad pleno del Senado de la República aprobó y turnó al Ejecutivo Federal, una reforma a la Ley del Servicio Militar que prohíbe a menores de entre 16 y 18 años realicen de forma anticipada y voluntaria su servicio,
Además el Senado eliminó el delito de insumisión para quienes les corresponda marchar y no se presenten.
Durante la sesión ordinaria se avaló que también en caso de una guerra internacional, los mexicanos de más de 45 años de edad ya no podrán ser llamados a servir en la Guardia Nacional. Ahora la edad máxima para formar parte de forma obligatoria de las fuerzas armadas será los 40 años.
También, se eliminó la posibilidad de admitir a menores de 18 años, pero mayores de 16, en las unidades de transmisión para su preparación como técnicos.
Por su parte, el senador Manuel Añorve Baños de la Comisión de Defensa Nacional, explicó que estas reformas armonizan el ordenamiento en materia militar con el texto constitucional, así como con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Por lo que la reforma al artículo 4 de la Ley del Servicio Militar qur expone que las obligaciones militares de los ciudadanos terminen el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de edad.
De acuerdo al marco legal vigente, el servicio de armas en el servicio militar se prestará por un año en activo para quienes tengan 18 años de edad; hasta los 30 años es la 1ª reserva y hasta los 40 años es la 2ª reserva.
El Senado también aprobó una reforma al artículo 275 del el Código de Justicia Militar, donde se eliminó dicho delito y sanción que contemplaba un mes de prisión a los jóvenes que les correspondía marchar y no realizaban esta obligación.