La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prisión preventiva de oficio establecida para quienes cometen delitos fiscales como defraudación, contrabando y facturación de operaciones simuladas o inexistentes (factureras).
Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros analizaron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del decreto del 8 de noviembre de 2019.
Los ministros consideraron que con esta reforma el poder legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución federal.
Por ello, invalidaron el artículo 5 fracción XII, de la Ley de Seguridad Nacional que establece a estos delitos entre las conductas consideradas como amenazas a la seguridad nacional y el artículo 167, párrafo séptimo fracciones I, II y III que los agrega como delitos que merecen prisión preventiva de oficio.
Aunque los ministros emitieron votación definitiva sobre estos puntos, aún quedaron pendientes de analizar las reformas a la ley de Delincuencia Organizada, al Código Fiscal de la Federación y el argumento de que con estas modificaciones el Congreso de la Unión estableció una regresión legislativa, lo que resulta inconstitucional.
Con información de: EL UNIVERSAL
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