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Otorga SCT concesión para Marina Turística Artificial

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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgó a favor de la empresa Operadora de Hoteles La Costa, la concesión para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona federal marítima de 135 mil 043.112 metros cuadrados para la operación de una Marina Turística Artificial de uso particular, localizada en la Bahía de Fátima, Chan Yu Yum.

Marina de Puerto Aventuras operará por 25 años más

Es decir, otorga la concesión por 25 años para continuar operando la segunda fase de la marina de Puerto Aventuras.

Esto, al publicarse en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo referido que concede la operación de una Marina Turística Artificial de uso Particular, integrada por tres espigones en 2 mil 751.5360 m2, dos rompeolas en 15 mil 909.8660 m2 y 4 mil 695.3760 m2 de área de agua de uso exclusivo para atraque de embarcaciones y 111 mil 686.3340 m2 de zona federal marítima no exclusiva, frente a la Zona Federal Marítimo Terrestre.

En julio de 1991, cabe recordar, la Federación otorgó el título de concesión a la Operadora de Hoteles La Costa para construir y explotar la marina de Puerto Aventuras, que entonces planeaba ocupar una superficie marina de 56 mil 457.97 m2, por el término de 20 años a partir de su otorgamiento.

La marina es ahora un lujoso complejo

Dados los planes de expansión, mediante escritos de fechas 9 de abril de 2003, 6 y 10 de octubre, 3 de noviembre, 21 de diciembre de 2006, 8 y 20 de febrero, 5 de noviembre de 2007, 24 de julio, 19 de noviembre de 2008, 25 de mayo, 29 de julio, 27 de octubre y 10 y 27 de noviembre de 2009, 13 de mayo, 27 de julio, 2 de agosto y 2 de diciembre de 2011, 4 de marzo, 17 de julio de 2013, 22 de octubre, 18 de noviembre y 22 de diciembre de 2015, 22 de enero, 4 y 19 de mayo de 2016, la empresa solicitó a la Dirección General de Puertos la Concesión de la Marina denominada “Puerto Aventuras II”, de uso Particular, colindante a la primera etapa.

La Dirección de Obras Marítimas y Dragado, adscrita a la Dirección General de Puertos, manifestó mediante oficio No. 7.3.1.1.278.16 de fecha 26 de mayo de 2016, que la solicitante presenta un plano de dimensionamiento en planta y cuadros de construcción de las áreas de agua e instalaciones ubicadas en zona federal marítima, de la empresa Operadora de Hoteles La Costa, S.A. de C.V., denominado “Desarrollo Puerto Aventuras II”, de fecha marzo 2016.

De lo anterior resulta una superficie de 2 mil 751.5360 m2 para los tres espigones, de 15 mil 909.8660 m2 para los dos rompeolas y de 4 mil 695.3760 m2 correspondientes a los polígonos de agua para atraque de las embarcaciones m2, con un polígono de zona federal marítima envolvente de la marina de 111 mil 686.3340 m2.

Se determinó entregar concesión por 25 años

Por ello, la Dirección de Finanzas y Operación Portuaria, dependiente de la Dirección General de Puertos, manifestó por conducto del oficio No. DFOP.-013.12 de fecha 6 de enero de 2012, que una vez analizada la información que el solicitante envió, se determinó entregar la concesión por 25  años para que el promovente recupere su inversión.

Entre las condiciones impuestas por la Federación, destaca la décimo novena, sobre la regulación de participación de extranjeros, donde la beneficiada “conoce y acepta que todo extranjero que en cualquier tiempo ulterior al otorgamiento del presente Título de Concesión, que sí tuvieren o llegaren a tener uno o varios socios extranjeros que adquieran un interés o participación accionaria en los bienes del dominio público de la Federación objeto del mismo, o bien una participación en los derechos que deriven de éste, se considerarán por ese simple hecho como mexicanos respecto de los mismos, y se entenderá que se obligan a no invocar la protección de sus gobiernos, bajo la pena, de perder dicho interés o participación accionaria”.

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Por último, dicha concesión podrá prorrogarse en términos de lo establecido por el artículo 23 de la Ley de Puertos, pero, hasta por un periodo igual a la vigencia originalmente otorgada, sin exceder del plazo máximo autorizado; es decir, otros 25 años.

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