México-. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que el proyecto del Magistrado Infante en relación a la influencia de Mariana Ramírez a favor de la campaña de su esposo Samuel García, como candidato a la gobernación de Nuevo León, son aportaciones que no deben ser contabilizadas para el proceso de fiscalización.
Por ello, fue revocada la medida de 27.8 millones de pesos aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) como parte de una multa en su contra.
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Infante indicó que Ramírez y García tienen derecho a la libre expresión, además del libre desarrollo de la personalidad de la “influencer”, de quien en ocasiones anteriores mostraba a sus seguidores las distintas actividades que realizaba con su pareja.
“Por el vínculo matrimonial entre ambos, las publicaciones no pueden considerarse aportaciones fiscalizadas”, enfatizó el Magistrado.
Por otra parte, el Magistrado Felipe Fuentes Barrera, acotó que, es necesario un catálogo para realizar las aportaciones correspondientes de empresas mexicanas de carácter mercantil que puedan no incluir reglas de fiscalización a la imagen o fama pública de un “influencer” sobre una candidatura pública.
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