El mural que fue pintado en el Congreso de Quintana Roo no implica una promoción personalizada de la gobernadora Mara Lezama Espinosa, aseguró la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La decisión confirma lo que ya habían señalado previamente el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) y el Instituto Electoral del estado (Ieqroo).
Fue la Sala Regional Xalapa la que confirmó la sentencia emitida por el Teqroo en el recurso de apelación RAP/003/2023 que, a su vez, confirmó la resolución IEQROO/CG/R-011/2023 del Consejo General del Ieqroo.
Ambas instancias habían “declarado inexistente el uso de recursos públicos así como la propaganda personalizada denunciada por el titular de la Dirección Jurídica del Partido de la Revolución Democrática (PRD), atribuida a la gobernadora de Quintana Roo, a partir de la elaboración del mural “Óoxtun”, en el Salón de Plenos del Congreso del Estado.
El TEPJF afirmó que en dado caso, las infracciones consistentes en el uso indebido de recursos, así como propaganda personalizada, son conductas atribuibles al autor del mural, un servidor público que se desempeña como subdirector de Mantenimiento y Restauración de murales de la Dirección de Archivo General y Biblioteca del Poder Legislativo, pero no a la gobernadora del estado, Mara Lezama.
A su vez, el Tribunal Federal aseguró que el hecho de que “el Teqroo no haya analizado si el autor del mural es o no un servidor público adscrito al Poder Legislativo, resulta intrascendente para acreditar el uso de recursos públicos por parte de la gobernadora. Se debía probar en todo caso que la situación ocurrió bajo la responsabilidad de dicha funcionaria estatal, aspecto que no puede tenerse por acreditado sólo con la calidad de servidor público del responsable de la obra”.
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Por lo tanto, y al considerar que no hay elementos para acreditar la promoción personalizada, el TEPJF desestima la queja interpuesta por el PRD de Quintana Roo contra la gobernadora Mara Lezama.