
Reconocimiento facial: riesgos para tus derechos
Un experto de la ONU advierte que el uso de esta tecnología sin regulación amenaza la privacidad, la libertad de expresión y el derecho a manifestarse.
Caminar por una manifestación pacífica, sin portar ningún cartel ni pronunciar consigna alguna, podría bastar para que una cámara capture tu rostro, lo procese y lo archive en una base de datos policial. Sin aviso. Sin tu consentimiento. O peor: confundiéndote con otra persona. El escenario no pertenece a una película de ciencia ficción; está ocurriendo ya en varios países del mundo.
Una tecnología que avanza más rápido que la ley
El relator especial de la ONU sobre derechos humanos y lucha contra el terrorismo presentó recientemente un documento de posición en el que examina cómo el reconocimiento facial se está desplegando en entornos policiales y de seguridad nacional sin marcos normativos que garanticen su compatibilidad con los derechos humanos. El experto identifica tres modalidades principales de uso: la verificación con consentimiento del usuario —como desbloquear un dispositivo—, la vigilancia en tiempo real en espacios públicos y el análisis retrospectivo de grabaciones o imágenes en redes sociales tras algún incidente.
El elemento que comparten estas tres formas de uso es la ausencia de regulación específica. En la mayoría de los países no existe una ley que autorice expresamente el empleo de esta tecnología, defina sus límites ni contemple mecanismos de supervisión independiente.
Sesgos algorítmicos y el efecto sobre la protesta social
Uno de los riesgos más documentados es el sesgo algorítmico: diversos estudios han mostrado que muchos sistemas cometen más errores al identificar a mujeres, personas de piel oscura y jóvenes. Un fallo de este tipo no es un simple problema técnico; puede derivar en detenciones injustas o en la inclusión errónea de alguien en una lista de vigilancia. La fiabilidad también se reduce en condiciones reales: poca luz, ángulos difíciles o el uso de cubrebocas afectan los resultados.
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El documento advierte además sobre sistemas que dicen inferir emociones, creencias religiosas u orientación política a partir de expresiones faciales, práctica para la cual no existe respaldo científico sólido y que representa un riesgo adicional.
En el ámbito de la protesta social, la preocupación es especialmente sensible. Cuando las cámaras identifican automáticamente a quienes participan en movilizaciones legítimas, se genera lo que el informe llama un efecto enfriamiento: la gente puede inhibirse de ejercer sus derechos por temor a ser vigilada o señalada. Por ello, el relator recomienda prohibir de forma expresa el uso del reconocimiento facial para identificar a participantes en manifestaciones pacíficas, salvo situaciones excepcionales de violencia grave y siempre con autorización judicial previa.
Entre las recomendaciones centrales del documento destacan: establecer una base legal parlamentaria clara para cada uso; vetar la vigilancia facial masiva e indiscriminada; exigir validación judicial antes de operar sistemas en tiempo real; garantizar transparencia sobre tasas de error; y someter la exportación de esta tecnología a evaluaciones de riesgo, para evitar que llegue a gobiernos con historial de abusos.
El mensaje final del informe es que aún existe margen de acción: el reconocimiento facial no es un fenómeno irreversible. Con leyes vinculantes, supervisión independiente y participación de la sociedad civil en el diseño de las normas, es posible aprovechar sus usos legítimos sin sacrificar los derechos fundamentales de las personas.
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Fuente: Noticias ONU


