InicioYucatánCulpan a Fiscalía de libertad de psiquiatra acusado de asesinato

Culpan a Fiscalía de libertad de psiquiatra acusado de asesinato

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Mérida, Yucatán.- La absolución de Luis Enrique L. G., acusado de ser el autor intelectual del polémico homicidio del afamado psiquiatra Felipe de Jesús Triay Peniche, fue a consecuencia del mal trabajo realizado por la Fiscalía General del Estado (FGE) en la integración de las pruebas, afirmó el director de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), Carlos Alberto Macedonio Hernández.

Indicó que ante la decisión que tomó el Tribunal Colegiado del Decimocuarto Circuito, el caso está cerrado y no puede ser nuevamente juzgado por el asesinato registrado hace casi 3.5 años.

Sin embargo, recientemente, la familia de la víctima solicitó la reapertura del caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para conseguir un amparo en torno a la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito.

Debido a ello, el pasado viernes 20, el acusado a su vez interpuso un recurso ante la SCJN, para que los magistrados confirmen su inocencia sobre el polémico caso.

Macedonio Hernández afirmó que la parte importante de todo procedimiento judicial es la etapa de investigación, con la cual la FGE aporta todos los indicios posibles para demostrar que la persona es la responsable del delito que se le imputa.

“Durante la integración de la carpeta de investigación, todos los como datos de prueba se aportan para presentarlos al juez, al mismo tiempo que se perfeccionan durante el juicio oral”, explicó.

En todo momento, la FGE lo consideró como el autor intelectual del asesinato de Triay Peniche, pero la evidencia que aportó sólo sirvió para inculpar al autor material del crimen, Pablo Santos García Gutiérrez, originario de la Ciudad de México, quien fue condenado a 35 años de cárcel y al pago de 35 millones 600 mil pesos.

CRUEL ASESINATO

El homicidio de Triay Peniche fue perpetrado el 16 de agosto de 2014, cuando su colega, hoy sentenciado, desmembró su cuerpo y colocó en la cajuela de un vehículo que cual fue abandonado en el estacionamiento de un supermercado de Ciudad Caucel.

De acuerdo con el expediente, bajo engaños, el hoy occiso llegó al departamento rentado por García Gutiérrez, ubicado en la calle 25 entre 20 y 22 de la colonia García Ginerés.
En dicho lugar, fue ultimado con un arma blanca, al grado de que en 22 ocasiones se le clavó un cuchillo. Después de rematarlo, le destrozó el corazón, luego con una sierra eléctrica se le mutiló para poner los miembros en cajas.

Posteriormente, los inculpados dejaron durante varios días el cadáver del médico psiquiatra en el lugar de los hechos, que mantuvieron en hielo, en tanto planeaban la manera de deshacerse del mismo.

El 20 de agosto de 2014, ambos psiquiatras abordaron el Nissan Rouge negro, modelo 2009 con placas de circulación YZU 9284, propiedad del hoy occiso, y abandonaron el vehículo en el estacionamiento de conocido centro comercial de Ciudad Caucel.
El cuerpo fue hallado de manera fortuita, debido a la fetidez que emanaba el cuerpo en estado de descomposición.

Para sustentar los cargos, la FGE recabó indicios en dicho departamento así como en el vehículo, y se analizaron seis registros de video, obtenidos del estacionamiento del Hotel Hyatt y en una clínica privada, donde se ve a Triay Peniche abordando un Jetta blanco, así como de las cámaras de video de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), cuando se estacionaba la camioneta Rouge en el centro comercial.

Tras su detención, y durante el proceso, fue en febrero del 2017 cuando mediante una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal de Casación ordenó al Tribunal Segundo de Juicio Oral que cancelara la orden de aprehensión emitida en contra del presunto autor intelectual.

Sin embargo, no se canceló, por lo que la defensa promoción un amparo indirecto, mismo que se volvió amparo directo, en razón a que dicha jurisprudencia considera que sentencias como la casación son definitivas.

Entonces, el Juzgado Quinto de Distrito declinó competencia al Tribunal Colegiado y este último aceptó conocer del amparo, mismo que ahora se resolvió en favor del acusado.

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