
Sentencian a doctor a cinco años de prisión por no pagar pensión alimenticia en Cancún
Pagará más de un millón de pesos por reparación de daños
La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, a través de la Fiscalía Especializada en Combate a Delitos Cometidos contra la Mujer y por Razones de Género, presentó pruebas que permitieron obtener de un Juez, sentencia condenatoria de cinco años de prisión contra el doctor, David Roa Quintanar en Cancún.
Roa Quintanar, médico de profesión, fue acusado del delito de incumplimiento de las obligaciones del orden familiar, en agravio de sus tres hijos menores de edad en Cancún.
Luego de la separación de la madre de sus hijos, David Roa Quintanar asumió la obligación de cubrir una pensión alimenticia mensual de 32 mil pesos, a partir de octubre de 2019, mediante depósitos bancarios destinados a sus tres hijos menores de edad.
El doctor incumplió con el pago desde 2019
El ahora sentenciado incumplió con el pago íntegro de la pensión alimenticia desde octubre de 2019 y únicamente realizó depósitos parciales, lo que generó un adeudo por un millón 13 mil 950 pesos, correspondiente al periodo comprendido hasta febrero de 2024.
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Con base en las pruebas aportadas por esta Representación Social, la autoridad judicial dictó una sentencia condenatoria contra el doctor David Roa Quintanar e impuso cinco años de prisión, así como el pago de un millón 13 mil 950 pesos por concepto de reparación del daño material.
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Roa Quintanar ha ejercido como doctor especialista en Ginecología y Obstetricia en instituciones hospitalarias de Cancún.
Prisión para los deudores alimentarios
Desde mediados del 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que los deudores alimentarios pueden ser castigados con cárcel, al avalar parte de un artículo del Código Penal de Nayarit.
En el primer caso, por mayoría de nueve votos, la Corte avaló el primer párrafo del artículo 306 de Código Penal de Nayarit, que tipifica el delito de abandono de familiares, que cometen quienes incumplen con la obligación de entregar la pensión alimentaria a sus hijos, cónyuge o concubina, por más de 30 días.
“El tipo penal es congruente con la obligación estatal de emprender acciones correctivas para evitar la normalización de situaciones que ponen en peligro la subsistencia y vida digna de las personas, tal como sucede en el presente caso en el que las circunstancias imperantes exigen de un medio punitivo para obligar a las personas deudoras alimentarias a asumir la responsabilidad económica con sus acreedores”, señaló la ministra Yasmín Esquivel Mossa, ponente del asunto.
Los ministros discutieron sobre si esta obligación debería extenderse a otros casos, de hijos nacidos fuera de relaciones de matrimonio o concubinato, pero la mayoría señaló que esto excedería sus facultades, pues ampliaría a los sujetos por este tipo penal. Y por ahora, el doctor David Roa Quintanar de Cancún pasará los próximos años tras las rejas, y de todos modos, tendrá que pagar la pensión alimentaria que no cubrió desde el 2019.
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Fuente: Fiscalía General del Estado de Quintana Roo


