CANCÚN, MX.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), destinó a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) una superficie de 1,829.94 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre correspondiente a la Laguna de Nichupté, así como de las construcciones existentes, ubicada en el Boulevard Kukulcán km 5+500 de la Zona Hotelera de Cancún.
Gana batalla legal a un particular
Esto, para utilizarla como base de operaciones para actividades de investigación y administración de embarcaciones en el área de protección de la flora y fauna de los manglares de la Laguna de Nichupté.
El predio en cuestión, ya había sido destinado a la Conanp, como figura en el expediente 948/QROO/2014 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros (Zofematac), sin embargo, la empresa LAGOON LOFTS AT THE PIER, S.A DE C.V., promovió juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por considerar que este acto administrativo afectaba su derecho de propiedad.
Tras la batalla legal, el 22 de mayo de 2017, la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el expediente número 2442/16-EAR-01-7, declaró la nulidad del acuerdo descrito, sin perjuicio de que por razones de interés público, se emitiera un nuevo acto para disponer de los bienes sujetos a la administración de la Semarnat.
Además, la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, también emitió la opinión técnica No.SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-726/17 de fecha 7 de septiembre de 2017, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, la que determinó que desde el punto de vista ambiental la superficie descrita, es susceptible de otorgarse a la Conanp, ya que cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
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Ante esto, la Semarnat publicó este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se destina a la Conanp este predio de la Laguna Nichupté.
Cabe mencionar que en caso de que la Conanp diera a la superficie un aprovechamiento distinto al previsto en el Acuerdo, sin la previa autorización de la Semarnat, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.