
Tribunal federal admite demanda contra la resolución de Economía que avaló a la Canaco Playa
La Sala Regional en Quintana Roo del TFJA abrió el expediente 562/26-20-01-8, ordenó emplazar a 30 terceros interesados —entre ellos la mesa directiva que encabeza Alma Iovana Franco Cervantes— y abrió la carpeta del incidente de suspensión.
PLAYA DEL CARMEN, Q. ROO.— El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) admitió a trámite una demanda de nulidad contra la resolución con la que la Secretaría de Economía (SE) declaró que la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Playa del Carmen cumple con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio 2026, según el acuerdo dictado el 13 de agosto de 2026 por la Sala Regional en Quintana Roo y Auxiliar.
El acuerdo, firmado por el magistrado instructor Marco Polo Carballo Calva y por el secretario de acuerdos Jhonny Alexander López Ramírez, corresponde al expediente 562/26-20-01-8 y da cuenta del escrito presentado el 12 de agosto por un consejero de la Cámara, quien promueve por su propio derecho.
De acuerdo con el mismo documento, la resolución impugnada declaró que la Cámara cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables, otorgándole —en los términos que cita el propio acuerdo— plena certeza institucional para continuar ejerciendo las funciones que la ley le confiere. El acuerdo atribuye ese acto a la Directora General de Legislación y Consulta de la Unidad de Apoyo Jurídico de la Secretaría de Economía.
Qué admitió y qué desechó la Sala
El acuerdo resolvió de manera distinta los dos actos que se impugnaban.
Respecto de la resolución de verificación del cumplimiento de obligaciones para el ejercicio 2026, la Sala determinó admitir a trámite la demanda de nulidad.
Respecto del oficio 110.011010.2026, del 15 de julio de 2026 —mediante el cual, señala el acuerdo, la Secretaría de Economía rechazó la ruta de cumplimiento presentada por el Consejo Directivo 2025—, la Sala desechó la demanda. La razón asentada en el documento es que no se acreditó la afectación al interés jurídico del promovente, al no advertirse que esa resolución estuviera dirigida a su persona ni que él hubiera intervenido como parte en el procedimiento administrativo del que emanó.
El Tribunal también determinó improcedente la vía sumaria y estableció que el juicio se tramitará en vía ordinaria.
Treinta terceros interesados y emplazamiento a Economía
Al advertir un derecho incompatible con la pretensión del demandante, la Sala tuvo como terceros interesados a 30 personas y órganos de la Cámara, según el listado que consigna el acuerdo.
Entre ellos figuran la mesa directiva y vicepresidencia integradas por Alma Iovana Franco Cervantes, como presidenta; Leonor Castañeda Martín, primera vicepresidenta; Jorge Humberto Meza Contreras, secretario, y Guillermo Prado Erazo, tesorero, además de ocho vicepresidencias de sección.
El listado incluye también a ocho consejeros titulares y ocho consejeros suplentes designados el 27 de febrero de 2026, a la Comisión de Arbitraje de la Cámara y al Consejo Directivo 2025–2026. Todos ellos disponen de 30 días hábiles, contados a partir del emplazamiento, para apersonarse en el juicio.
En el mismo acuerdo se ordenó emplazar a la Directora General de Legislación y Consulta de la Unidad de Apoyo Jurídico de la Secretaría de Economía, a fin de que produzca su contestación dentro del término de ley.
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El incidente de suspensión sigue abierto
La Sala tuvo por solicitada la suspensión de la ejecución de la resolución impugnada y ordenó abrir la carpeta incidental correspondiente para proveer lo que en derecho corresponda.
Hasta el cierre de esta edición no se conoce una resolución sobre ese incidente. De concederse, tendría efectos sobre la ejecución del acto que otorgó certeza institucional a la Cámara; de negarse, la resolución de Economía seguiría surtiendo efectos mientras se resuelve el fondo.
Un requerimiento sobre las comunicaciones internas del expediente
El acuerdo admitió las pruebas ofrecidas por el actor con excepción de una: la identificada con el numeral 22, consistente —según la transcripción que hace el propio documento— en requerir a la autoridad demandada la aportación de los registros de reuniones y comunicaciones de los funcionarios responsables del expediente entre mayo y julio de 2026.
La Sala señaló que esa solicitud debía formularse previamente ante la autoridad correspondiente y que el actor fue omiso en exhibir copia de la solicitud y el pago de derechos. Le concedió diez días hábiles para subsanarlo, bajo apercibimiento de tener por no ofrecida la documental.
Un documento descrito por un tribunal, pero todavía no publicado
Quinta Fuerza ha documentado que la resolución de verificación no ha sido difundida públicamente, pese a que una consejera propietaria presentó una solicitud escrita para conocerla. El acuerdo del TFJA es, hasta ahora, el primer documento oficial que describe su contenido y alcance.
Esta redacción ha dado seguimiento al caso: en julio, cuatro funcionarios de la Secretaría de Economía fueron denunciados por presuntas faltas administrativas graves y probables conductas constitutivas de delito por el manejo de este expediente; y en junio se documentó que la mesa directiva no entregó la Cámara pese al plazo del consejo avalado por la dependencia.
Una segunda vía: el escrito a Palacio Nacional
En paralelo al juicio de nulidad, el mismo promovente activó una vía administrativa. Dos oficios de la Secretaría de Gobernación dan cuenta de ello.
El oficio SG/DGRS/REPQROO/445/2026, del 7 de agosto de 2026, firmado por el director de la Oficina de Representación de la Segob en Quintana Roo, Rodrigo Heriberto Ramos Eusebio, remite a la titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno de Quintana Roo un escrito fechado el 23 de julio de 2026, dirigido a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, en el que el promovente solicita la intervención de las autoridades correspondientes a fin de que la Cámara cuente con un Consejo Directivo electo conforme a sus estatutos.
El 25 de agosto, mediante el oficio SG/DGRS/REPQROO/479/2026, la representación de Segob notificó al solicitante que su petición fue turnada a esa dependencia estatal "para que tomen las acciones y medidas que resulten procedentes", y añadió que solicitó ser informada de las acciones que dicha instancia llegue a realizar.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno de Quintana Roo, encabezada por Reyna Arceo Rosado, es el órgano estatal de control del gobierno de Quintana Roo. Los actos señalados en la controversia corresponden a servidores públicos federales de la Secretaría de Economía, dependencia a la que la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones atribuye la vigilancia de estas corporaciones. Al cierre de esta edición no se tiene registro de una respuesta de la dependencia estatal.
Lo que sigue
La admisión de una demanda no implica pronunciamiento sobre el fondo del asunto ni resolución alguna en contra de la autoridad demandada o de los terceros interesados. El juicio se encuentra en su etapa inicial: corren los plazos para la contestación de la Secretaría de Economía y para el apersonamiento de los 30 terceros interesados, y está pendiente la resolución del incidente de suspensión.
Todas las personas mencionadas en esta nota gozan de la presunción de inocencia y no han sido señaladas como responsables de delito alguno. Los hechos referidos provienen exclusivamente de documentos oficiales en poder de esta redacción. Quinta Fuerza solicitó postura a la Secretaría de Economía, a la mesa directiva de la Canaco Playa del Carmen y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno de Quintana Roo. Este espacio permanece abierto para su respuesta, la cual será publicada íntegra de recibirse.
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